Chimeneas con Resistencia al Fuego
El Código Técnico de la Edificación (en lo sucesivo CTE) en su documento básico DB SI Seguridad en caso de incendio es el reglamento que tiene por objetivo el “reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento”.
Este DB SI define locales y zonas de riesgo especial integrados en edificios, entre los que se encuentran las salas de calderas con una potencia útil nominal superior a 70 kW.
Las salas de grupos electrógenos siempre se clasifican como locales de riesgo bajo, independientemente de su potencia.
Tabla 1. Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial integradas en edificios.
Una vez definidas las clasificaciones de dichos locales en la Tabla 2.2 “Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios” se definen las condiciones resistencia al fuego de las paredes y techos que separan esta zona del resto del edificio.
Tabla 2. Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios.
Por otra parte, la resistencia al fuego requerido a los elementos de compartimentación de incendios se debe mantener en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, etc. Por lo tanto, lo que la chimenea debe aportar es una resistencia al menos igual a la del elemento atravesado.
Fuego interior o Fuego exterior
En todos los casos de chimeneas de evacuación de productos de la combustión, la chimenea solamente atravesará el sector o local, sin disponer en ningún momento de rejillas de ventilación. Por lo tanto, siempre estaremos en una situación que simula un ensayo de fuego exterior, en el que no hay ninguna comunicación directa entre el interior de la chimenea y el horno donde se produce el fuego.
Normativa aplicable
La norma de ensayo de resistencia al fuego de las chimeneas es la UNE-EN 1366-13: Ensayos de resistencia al fuego de instalaciones de servicio. Parte 13: Chimeneas. En esta norma se definen todas las características de los ensayos a realizar a las chimeneas. Los detalles del ensayo están definidos en el Anexo A09.
La norma de clasificación de estas chimeneas es la UNE-EN 13501-2: Clasificación en función del comportamiento frente al fuego de los productos de construcción y elementos para la edificación. Parte 2: Clasificación a partir de datos obtenidos de los ensayos de resistencia al fuego excluidas las instalaciones de ventilación.
Pretratamiento térmico
A diferencia de los ensayos de resistencia al fuego en conductos, en las chimeneas se debe hacer un pretratamiento térmico, previo al ensayo propiamente dicho, al nivel de temperatura de trabajo de la chimenea declarado en su marcado CE, para simular la posible degradación de la chimenea por su normal uso durante su vida útil, que podría afectar a la resistencia al fuego de la chimenea.
Marcado CE
Independientemente de su clasificación para la resistencia al fuego, las chimeneas disponen de normativa específica para su marcado CE. Este marcado CE se rige por la norma UNE-EN 1856-1 y UNE 1856-2, según sea para su uso como conductos de unión o como chimeneas verticales.
Dentro de las prestaciones que se definen en este marcado CE se encuentra el nivel de temperatura comentado en el apartado anterior. Es por ello, que la clasificación de resistencia al fuego está directamente relacionada con esta prestación declarada en el marcado CE.
Resumen normativo
Si la sala de calderas / grupo electrógeno es una zona de riego especial (más de 70 kw de potencia útil nominal en sala de calderas y en cualquier caso en salas de grupos electrógenos), debe asegurarse una resistencia al fuego exterior al menos igual a la clasificación que tenga la sala.
Si la chimenea atraviesa otro local con clasificación de resistencia al fuego especial, debe asegurarse una resistencia al fuego exterior al menos igual a la clasificación que tenga esa local.